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Proceso Contencioso - Administrativo

IIVNTU Plusvalía. Recurso Contencioso-Administrativo contra denegación de recurso de reposición. Pérdida de valor y disconformidad con liquidación


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 31-07-2019
  • Materia: Derecho Administrativo
  • Especialidad: / Derecho Administrativo / Proceso Contencioso - Administrativo
  • Número: 13078
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Derecho contencioso - administrativo, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Plazo de interposición del recurso contencioso - administrativo, Plusvalía municipal, PLUSVALÍAS, PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Proceso contencioso - administrativo, RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 08-07-2004

El 8 de julio de 2004 Julian adquiere la vivienda de una entidad mercantil, este a su vez se le vende a Eduardo y María. Julian recibe la liquidación del IVTNU del Ayuntamieto, no esta de acuerdo, y decide interponer recurso de reposición.



Objetivo. Cuestión planteada.

No esta conforme con la liquidación que el Ayuntamiento ha realizado, considera que no se ajusta a Derecho. Al interponer el recuros de reposición, alega que se aplican unas normas declaradas inconstitucionales, asi como un método de cálculo que no se ajusta a la situación. El Ayuntamiento le desestima el recurso de reposición por lo que decide interponer recurso contencioso-administrativo.



La estrategia. Solución propuesta.

Se aplica el impuesto IVTNU cuando realmente hay un incrementro de valor. En nuestro caso no hay existencia de ese incremento, con lo cual no se puede aplicar ese derecho. La cuantía que se reclama es de 5.202,11€ mas los intereses de demora, mas las costas a la parte demandada. Subsidiariamente , en caso de que no se apliquen las pretensiones iniciales, se pide impugnar la liquidación por estar mal cuantificada la base imponible, teniendo que seguir lo previsto en la LRHL; se pide por tanto, que se acepte 2.505,60€ o 1.426,99€ (sino se acepta la primera cantidad).



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